Información sobre pequeñas reclamaciones

Los casos de pequeñas demandas son escuchados en la Corte Municipal de Kettering por un Magistrado Civil casi todos los martes del año a partir de las 2:30 p.m. Puede presentar una pequeña demanda en nuestra Corte por daños y perjuicios con un valor monetario de hasta $6,000. Si busca una indemnización superior a 6.000 dólares, debe presentar una demanda civil. Nuestra Corte maneja demandas civiles de hasta $15,000. Si su reclamación es por más de $15.000, deberá presentarla ante el Tribunal de Causas Comunes del Condado de Montgomery.

La siguiente información describe los procedimientos básicos del Tribunal de Reclamaciones de Menor Cuantía tanto para el demandante (parte que demanda) como para el demandado (parte que es demandada). Por favor, lea estas directrices con mucho cuidado. 

Si todavía tiene preguntas sobre la presentación de su caso después de leer esta información, puede contactar al Servicio de Referencia de Abogados del Colegio de Abogados de Dayton al 937-222-7902 o a la Línea de Ayuda Legal del Oeste de Ohio al 1-888-534-1432. El Servicio de Referencia puede proporcionarle los nombres de abogados locales que pueden asesorarle o prestarle otros servicios por una tarifa. El personal de la Secretaría le ayudará en todo lo que pueda mientras presenta su reclamación, pero recuerde que estas personas no son abogados y no pueden proporcionarle asesoramiento jurídico.

Para obtener información detallada sobre los pasos del proceso de reclamos menores, puede ver la Guía del Ciudadano del Tribunal de Reclamos Menores proporcionada por la Conferencia Judicial de Ohio. También puede recoger una copia de este folleto en la Oficina del Secretario. Para obtener más información sobre las demandas de menor cuantía, póngase en contacto con la División Civil de la Oficina de la Secretaria al 937-296-2461.


Procedimiento judicial

El Tribunal entiende que tanto el demandante como el demandado no son abogados y que tienen poca o ninguna experiencia legal. Para ayudarle a entender mejor los procedimientos del tribunal de reclamos menores, puede revisar las secciones de reclamos menores de las Reglas de Procedimiento Civil de Ohio y el Código Revisado de Ohio, Capítulo 1925.


Presentar mi reclamación

El primer paso para presentar una queja de reclamos menores es venir a la Oficina del Secretario y presentar un formulario de reclamos menores. Este formulario está disponible en nuestra oficina así como en línea. Una vez que haya presentado su queja, la persona o la empresa a la que está demandando (el demandado) debe recibir una copia oficial de la queja del tribunal. Este proceso se llama "ser notificado". Un servicio de correo certificado inicial está incluido en el costo de la presentación de una demanda de menor cuantía. También puede elegir que su reclamación sea entregada por un alguacil de la corte, un sheriff o un servidor de procesos externos (vea el listado de costos actual). La Secretaría puede explicarle más detalles sobre estas opciones de servicio cuando presente su reclamación. 

Para que su caso avance, su demanda debe ser notificada al demandado. Si no podemos conseguir la notificación de la demanda al demandado en el primer intento, la Secretaría le enviará una notificación avisándole que el demandado no recibió su copia de la demanda. Hay algunas opciones secundarias si sus primeros intentos de notificación fallan. Si, por ejemplo, optó por que el Tribunal envíe la demanda por correo certificado y ésta no es reclamada o es rechazada, puede solicitar que la Secretaría la envíe de nuevo por correo ordinario. Esta solicitud debe hacerse por escrito y se deben pagar los honorarios. Si la carta no puede ser entregada por la Oficina de Correos, necesitaremos una dirección mejor para intentarlo de nuevo. Los envíos certificados adicionales pueden ser procesados con un costo adicional. Una vez que la notificación se haya perfeccionado, lo que significa que el demandado ha sido notificado de la queja basada en las Reglas de Procedimiento Civil de Ohio, su caso puede seguir adelante. Si la notificación no se perfecciona, el caso no puede seguir adelante.


¿Contra quién tengo que reclamar?

Si usted es el demandante, preste especial atención a la persona o empresa que nombre como demandado. Su reclamación puede ser contra más de una parte (persona o empresa), y si es así, puede elegir nombrar a cualquier otra parte que crea que puede estar involucrada en la deuda de su dinero. Sólo asegúrese de que todas las partes a las que está demandando están involucradas en el caso y tienen una responsabilidad potencial. Si necesita asesoramiento profesional sobre qué parte(s) demandar, póngase en contacto con el Servicio de Referencia de Abogados del Colegio de Abogados de Dayton o con la Línea de Asistencia Jurídica del Oeste de Ohio.


Reclamaciones contra el demandante

Si usted es el demandado, puede tener una reclamación contra el demandante (la persona que le demanda) derivada de la misma transacción. Esto se denomina contrademanda. También puede haber otra parte involucrada que debe ser nombrada como un Demandado adicional o como un Tercer Demandado junto con usted para que el Tribunal pueda determinar cuál de los Demandados, si es que hay alguno, es responsable de la demanda del Demandante. Si tiene una reclamación contra el demandante, debe presentarla para que el Tribunal pueda oír su reclamación y la del demandante al mismo tiempo y determinar cuál de las partes es responsable ante la otra. Si alguna de las dos situaciones se aplica a usted como demandado, entonces llame la atención de la Secretaría y exprese su deseo de presentar uno o ambos procedimientos. Una Contrademanda o Reclamación de Terceros debe ser presentada y notificada al menos siete (7) días antes de la fecha del juicio.


La fecha de su juicio

Recibirá la fecha del juicio cuando presente su reclamación si es el demandante, o a través de una notificación por correo si es el demandado. Usted tiene derecho a un solo juicio, por lo que es importante que venga a la Corte el día de su juicio totalmente preparado para presentar su caso. Esto ayudará a asegurar que el Magistrado pueda tomar una decisión justa para las partes involucradas. Si, por alguna razón, alguna de las partes no puede comparecer en la fecha prevista para el juicio, puede ponerse en contacto por escrito con la Secretaría para solicitar un aplazamiento. Todos los aplazamientos deben ser solicitados antes de las 12:00 del mediodía del viernes anterior al juicio.


Testigos y pruebas

Tanto el demandante como el demandado deben llevar a sus testigos al juicio, junto con cualquier documento escrito, cheque, recibo, contrato de arrendamiento, presupuestos de reparación, documentos que reflejen la propiedad o cualquier otro elemento que crea que puede apoyar su caso. Para accidentes de auto, traiga su estimación de daños, el informe policial si tiene uno y cualquier otro documento que pueda sustentar el caso. Traiga varias copias de sus pruebas, ya que el Magistrado conservará una en el caso.

Las cartas de amigos e incluso las declaraciones juradas no son aceptables en los tribunales porque estos documentos prohíben a la otra parte interrogar a la persona que escribió la carta o que dio la declaración jurada. En su lugar, traiga testigos al tribunal para que testifiquen a su favor. Tenga en cuenta: es posible perder porque no presentó las pruebas adecuadas para demostrar su caso.


Citaciones para testigos

Si el demandante o el demandado desea traer un testigo que no puede venir o no está dispuesto a aparecer por usted, entonces puede hacer que la Oficina del Secretario emita una citación para este testigo. Se le cobrará un costo de procesamiento del tribunal, una tarifa de servicio y una tarifa de testigo (vea la lista de costos actual). La solicitud al Secretario debe hacerse al menos cinco días hábiles antes de su juicio o audiencia. Si la solicitud no se hace por lo menos cinco días hábiles antes del juicio y el testigo no es notificado, el Tribunal puede optar por no conceder un aplazamiento porque este testigo no está presente para testificar a su favor. Tenga en cuenta que si el testigo reside fuera del condado de Montgomery, se requerirá tiempo adicional para la notificación de la citación.


Fallo en rebeldía

Si el demandado no se presenta al juicio después de haber sido debidamente notificado por correo, el Tribunal asumirá que el demandado admite la reclamación del demandante y dictará una sentencia a favor del demandante y en contra del demandado si el demandante tiene suficiente información de hecho en la demanda para apoyar las reclamaciones.

Si el demandado comparece en el juicio y el demandante no lo hace, el caso será típicamente desestimado a costa y gasto del demandante, a menos que el tribunal determine lo contrario o que el tribunal dicte otro fallo que considere justo y apropiado según las circunstancias.


Decisión y fallo

La decisión del magistrado sobre el caso se hará por escrito y se enviará por correo a todas las partes involucradas. En caso de que alguna de las partes no esté satisfecha con la decisión del magistrado, podrá objetar esa decisión presentando objeciones al informe del magistrado en un plazo de 14 días a partir de la presentación del informe del magistrado. Después de 14 días, el caso será enviado al juez, que dictará una decisión definitiva. Se enviará una copia de la sentencia final a todas las partes. En ese momento la parte que tiene la sentencia puede comenzar a cobrar. Si la parte perdedora no está de acuerdo con la sentencia final, tiene derecho a apelar a un tribunal superior. Esto debe hacerse dentro de los 30 días de la sentencia final.


Recopilación y ejecución de sentencias

Si usted gana una sentencia y la otra parte no paga, puede iniciar procedimientos de cobro como embargos de cuentas bancarias o de ganancias, candados, replevins (reposesión) u otras acciones permitidas por la ley. La presentación de estas acciones puede hacerse en la División Civil de la Secretaría. La Guía de Reclamos Menores del Colegio Judicial de Ohio proporciona más información para ayudarle en este tema. Tenga en cuenta que hay costos adicionales por estos servicios.


Evidencia/Exposiciones

Las partes que hayan presentado pruebas a la Corte serán notificadas, una vez finalizado el caso, de su derecho a recuperar sus pruebas durante un período de sesenta días. Cualquier prueba no recuperada será destruida de acuerdo con la Regla 26 de las Reglas de Superintendencia de Ohio.


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